Prestación de Servicios — Grupo Barón S.A.S.
Última actualización: Marzo 2026
Los siguientes TÉRMINOS Y CONDICIONES DE VENTA DE MERCANCÍA NACIONALIZADA se regularán por los capítulos que a continuación se expresan y en general, por las disposiciones legales aplicables a la materia.
GRUPO BARÓN S.A.S. se obliga para con EL CLIENTE a la VENTA DE MERCANCÍA NACIONALIZADA, según el alcance indicado en la respectiva cotización enviada formalmente. El presente servicio es prestado desde Colombia.
El CLIENTE manifiesta que selecciona directamente la mercancía que desea adquirir y, para ello, deberá presentar a GRUPO BARÓN S.A.S. una orden de compra o solicitud formal de mercancía. Con base en dicha solicitud, GRUPO BARÓN S.A.S. cotizará al CLIENTE los costos logísticos y económicos asociados a la importación de la mercancía elegida.
Si el CLIENTE acepta la cotización, GRUPO BARÓN S.A.S. emitirá una prefactura correspondiente al anticipo requerido para iniciar el proceso de compra internacional, anticipo que deberá ser pagado por el CLIENTE de manera previa al inicio de cualquier gestión.
El CLIENTE reconoce y acepta que GRUPO BARÓN S.A.S. no cuenta con stock disponible en Colombia de la mercancía solicitada, razón por la cual esta debe importarse exclusivamente para el CLIENTE, siendo todos los costos de importación y los gastos derivados de ella asumidos en su totalidad por el CLIENTE.
Una vez la mercancía arribe al territorio nacional, GRUPO BARÓN S.A.S. la ingresará al sistema de inventario de la empresa y posteriormente emitirá la factura definitiva al CLIENTE, correspondiente al valor completo de la mercancía puesta en Colombia, incluyendo la totalidad de los costos logísticos incurridos para su importación. Dicha factura será el título comercial válido y oponible ante la DIAN, acreditando el nexo comercial entre las partes.
Se entiende por OBRA EXTRA, los conceptos no contemplados en la cotización inicial. Su ejecución, deberá ser autorizada previamente por EL CLIENTE y los precios deberán ser acordados y aceptados por ambas partes mediante anexo-cotización adicional, el cual será parte integral de los presentes Términos y Condiciones.
El CLIENTE avala todas las especificaciones del producto objeto de importación expresadas en la proforma o factura del proveedor de GRUPO BARÓN S.A.S, por lo que se entiende que las acepta tal y como están allí expresadas y exime de toda responsabilidad al GRUPO BARÓN S.A.S. sobre los errores en ella encontrados.
GRUPO BARÓN S.A.S. no se hace responsable de cuestiones de calidad del producto, demoras, imprevistos, transbordos o actos atinentes a terceros, proveedores logísticos, hechos de fuerza mayor o caso fortuito y demás no imputables a la negligencia, acción u omisión directa de GRUPO BARÓN S.A.S., que generen costos adicionales o afecten la ejecución de los presentes Términos y Condiciones.
El CLIENTE reconoce y acepta que GRUPO BARÓN S.A.S. no actúa como agencia de aduanas, por lo que no está facultado para realizar labores de agenciamiento aduanero, ni para ejercer intermediación directa con las autoridades aduaneras. El CLIENTE comprende que para la importación de la mercancía objeto de compraventa, GRUPO BARÓN debe contratar a una agencia de aduanas. En ningún caso, GRUPO BARÓN S.A.S. asumirá responsabilidades propias de una agencia de aduanas ni llevará a cabo gestiones que impliquen representación directa ante las autoridades aduaneras. Salvo que actúe como auto declarante.
En caso de que la Declaración de Importación se encuentre con errores, sean sancionables o no, o que conlleven a una aprehensión o decomiso de la mercancía, o que la subpartida arancelaria se encuentre incorrecta, será responsabilidad de la Agencia de Aduanas quien es la facultada para actuar como declarante ante la DIAN. Salvo que el error haya sido atribuible directamente al CLIENTE, debido a que éste haya proporcionado información errónea o incompleta del producto o productos objeto de importación y posterior venta.
El CLIENTE reconoce y acepta que GRUPO BARÓN S.A.S. no actúa como agencia de carga internacional, por lo que no está facultado para realizar labores de envío internacional de mercancía, ni para ejercer intermediación directa con las navieras, ni para facturar fletes internacionales, ni para certificar los fletes internacionales. En ningún caso, GRUPO BARÓN S.A.S. asumirá responsabilidades propias de una agencia de carga internacional ACI ni llevará a cabo gestiones propias y exclusivas de una ACI.
El CLIENTE declara y garantiza que la información suministrada a GRUPO BARÓN sobre la descripción, naturaleza, composición, clasificación arancelaria, valor, origen, características técnicas y demás requisitos legales o comerciales de la mercancía es veraz, completa y corresponde a la realidad del producto objeto de compraventa.
En caso de que la información proporcionada por el CLIENTE resulte errónea, incompleta, ambigua o genere incongruencias frente a la mercancía real, y como consecuencia de ello la mercancía llegare a ser objeto de retención, aprehensión, decomiso, inmovilización, suspensión de levante, inclusión forzosa, medidas cautelares o pueda configurarse el estado de abandono voluntario o legal, el CLIENTE será el único y exclusivo responsable de todas las consecuencias, costos y gastos que se generen, incluyendo pero sin limitarse a:
En consecuencia, el CLIENTE exonera de cualquier responsabilidad a GRUPO BARÓN, renuncia expresamente a iniciar reclamaciones, demandas, acciones de repetición, indemnización de perjuicios o compensaciones de cualquier naturaleza en contra de GRUPO BARÓN, y se obliga a mantenerlo indemne frente a cualquier tercero o autoridad pública derivada de esta situación.
Todos los costos generados por la situación descrita serán asumidos inicialmente por GRUPO BARÓN en su calidad de importador, quedando a cargo del CLIENTE el reembolso total de dichos valores, los cuales serán debidamente facturados para su pago. En caso de incumplimiento en el pago, GRUPO BARÓN queda facultado para iniciar las acciones de cobro correspondientes, incluyendo el cobro prejudicial, coactivo o el proceso ejecutivo ante la jurisdicción civil, sin perjuicio de los intereses y gastos adicionales que se generen por dicha gestión.
El CLIENTE reconoce que GRUPO BARÓN actúa sobre la información suministrada por el CLIENTE, por lo cual la asunción de los riesgos y consecuencias antes descritos surge exclusivamente por el actuar y responsabilidad del CLIENTE, sin que pueda entenderse como incumplimiento contractual, culpa o dolo atribuido a GRUPO BARÓN.
El CLIENTE reconoce que GRUPO BARÓN S.A.S. únicamente realiza procesos de importación con proveedores previamente validados y verificados, con el fin de garantizar la trazabilidad, seguridad y legalidad de la cadena de suministro internacional.
Antes de iniciar cualquier compra en el exterior, el proveedor propuesto deberá ser sometido a un proceso de verificación comercial, operativa, documental y de seguridad mínima en origen. El CLIENTE acepta que el costo de dicha verificación será asumido exclusivamente por él, sin derecho a reembolso, aun en el evento en que el proveedor no supere la validación o el CLIENTE decida no continuar con la importación.
El CLIENTE declara comprender que este procedimiento constituye una medida preventiva para evitar estafas, fraudes comerciales, incumplimientos logísticos, incumplimientos aduaneros y riesgos de aprehensión o ilegalidad de la mercancía, y por lo tanto libera de responsabilidad a GRUPO BARÓN S.A.S. por cualquier decisión derivada del resultado de la verificación del proveedor en origen.
Por la modalidad de los servicios contratados, por la forma de realización de los mismos, por el carácter de independiente que siempre ha tenido y tendrá GRUPO BARÓN S.A.S., por ser un servicio de fuente colombiana y, en general, por los términos estipulados en el presente documento, la naturaleza de este será de carácter estrictamente civil, regido y regulado íntegramente por las normas pertinentes de los Códigos Civil y de Comercio Colombianos.
Dejan claramente establecido las partes, que las labores que va a desempeñar GRUPO BARÓN S.A.S. se circunscriben en forma única y exclusiva a las descritas en la cláusula primera y segunda del presente documento.
Mientras subsistan compras activas, los Términos y Condiciones permanecerán vigentes, salvo que las partes acuerden su terminación por mutuo acuerdo o se active alguna de las causales de terminación estipuladas en este documento.
En caso de que se requieran modificaciones al alcance originalmente pactado, estas deberán formalizarse mediante una nueva cotización, que se considerará parte integral del presente documento.
El valor del presente documento será determinado en función de cada compra específica y será establecido en la respectiva factura emitida al CLIENTE, las cuales harán parte integral del documento y servirán para determinar su valor total.
En caso de que aplique, el CLIENTE estará obligado a pagar, además de los valores facturados por la compraventa de mercancía nacionalizada, los servicios ejecutados y facturados por terceros, los cuales serán facturados como "ingresos recibidos para terceros" y se considerarán parte del valor total de cada operación.
Las tarifas presentadas en la cotización se basan en la información suministrada al momento de solicitar la oferta comercial, sin embargo en caso que se presenten cambios en el embalaje, en la cantidad, en el peso o modificaciones que requieran de servicios complementarios o adicionales, los valores podrán ser modificados con previo aviso y convenio con el CLIENTE, mediante una nueva cotización.
Las variaciones podrían presentarse por alguna de las siguientes circunstancias:
El valor de la cotización podrá variar por factores globales externos a la compañía, tales como crisis internacionales, fluctuaciones de temporada, paros, emergencias, variaciones de precios de combustibles o cualquier otra circunstancia externa no imputable a GRUPO BARÓN S.A.S., siempre que estos afecten los costos asociados a la operación logística.
El pago de la mercancía se realizará conforme se indique en cada factura. En caso de que exista un saldo pendiente de pago a cargo del CLIENTE, este deberá ser cancelado incluyendo los intereses moratorios generados por el retraso, los cuales se liquidarán a la tasa máxima permitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, calculados desde la fecha de vencimiento de la factura correspondiente y hasta la fecha en que el pago total sea efectivamente realizado.
En caso de que GRUPO BARÓN S.A.S. deba pagar a terceros servicios facturados en moneda extranjera, y dichos valores deban ser reembolsados por el CLIENTE, GRUPO BARÓN S.A.S. emitirá una prefactura tomando como referencia la TRM vigente en el día de su emisión. No obstante, el valor final a pagar por el CLIENTE será ajustado de acuerdo con la TRM vigente en la fecha en que efectivamente realice el pago.
El CLIENTE reconoce y acepta que GRUPO BARÓN S.A.S. es su proveedor directo en el marco de la presente relación comercial y, por lo tanto, solo GRUPO BARÓN S.A.S. está autorizado para efectuar el pago de la mercancía al proveedor en el exterior, siendo el único habilitado para canalizar divisas asociadas a dicha operación.
En consecuencia, el CLIENTE no podrá realizar pagos directos al proveedor internacional ni generar vínculos comerciales o cambiarios con este por fuera del conducto regular aquí establecido.
Sin embargo, si por cualquier razón el CLIENTE realizara pagos directos al proveedor en origen, éste deberá asumir el valor total de la mercancía, siendo obligatorio que el proveedor emita la factura comercial directamente a nombre del CLIENTE.
El CLIENTE autoriza de manera previa, expresa e irrevocable a GRUPO BARÓN para ceder, endosar o transferir total o parcialmente, a favor de terceros, entidades financieras, sociedades de factoring o cualquier operador autorizado, los derechos económicos derivados de las facturas o cuentas por cobrar que se originen en virtud del presente contrato.
GRUPO BARÓN S.A.S. realizará las actividades objeto de este documento con plena autonomía profesional, técnica, financiera y administrativa, comprometiéndose a:
PARÁGRAFO: Para todos los efectos, se deberá entender por negligencia probada, aquella derivada de un fallo o sentencia judicial, en donde se determine, sin lugar a dudas, que GRUPO BARÓN S.A.S. actuó con negligencia a la hora de prestar los servicios para los cuales fue contratado.
El CLIENTE reconoce que algunos de los servicios proporcionados por terceros serán facturados a nombre de GRUPO BARÓN S.A.S. En caso de incumplimiento en el pago de las facturas generadas por dichos terceros:
Cada parte podrá poner fin unilateralmente a la ejecución del contrato, en cualquier tiempo y por mera voluntad, dando a la otra parte aviso escrito con una antelación no inferior a quince (15) días calendario. La terminación del contrato no podrá realizarse si existe alguna operación de importación en proceso.
Las partes podrán dar por terminado la prestación del servicio por las siguientes razones:
PARÁGRAFO: En caso de terminación anticipada, EL CLIENTE cancelará al GRUPO BARÓN S.A.S. el valor de las facturas u órdenes de compra +25% del valor de la factura a manera de indemnización por daños y perjuicios. Por su parte, GRUPO BARÓN S.A.S. se obliga a entregar AL CLIENTE todos los productos derivados de la compraventa y a devolver cualquier suma anticipada no devengada, sujeta a la deducción de costos y gastos causados por la cancelación anticipada.
Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, LAS PARTES podrán suspender unilateral y temporalmente la ejecución del servicio. En estos casos, GRUPO BARÓN S.A.S. deberá pactar por escrito con el CLIENTE las nuevas fechas de entrega.
Se entenderá por "fuerza mayor": Guerra, emergencia, accidente, derrumbe, incendio, sismo, inundación, tormenta, huelgas, paros armados, o cualquier otro hecho o impedimento que la parte afectada pruebe que estuvo fuera de su control.
GRUPO BARÓN S.A.S. podrá, en cualquier momento, ceder en todo o en parte la ejecución del contrato o las facturas.
Cada una de las Partes acepta y declara que considera confidencial toda la información, documentación, métodos, organización y actividades relacionadas con la otra parte o con su negocio, que obtengan, tenga acceso o le sea expuesta por la otra parte con ocasión de las relaciones comerciales.
La Parte Receptora se compromete a no emplear la Información Confidencial a otros efectos distintos de los derivados de este documento; así como a no revelarla, entregarla o suministrarla, ya sea en todo o en parte, a terceros, salvo que medie la autorización previa y por escrito de la Parte Transmitente.
Las obligaciones aquí asumidas se mantendrán invariables con carácter indefinido aún tras la resolución de las relaciones.
El presente documento genera exclusividad de contratación en favor GRUPO BARÓN S.A.S., mientras las operaciones de comercio exterior estén en curso, por lo que EL CLIENTE NO podrá comprar, directa o indirectamente, los mismos productos señalados en las órdenes de compra o facturas, con otros proveedores. En caso contrario, dicha práctica puede ser considerada como un incumplimiento del documento y GRUPO BARÓN S.A.S. quedará facultado para ejecutar la multa por indemnización.
Con la expedición de la ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377, LAS PARTES que almacenan y capturan datos personales requieren obtener autorización para que de manera libre, previa, expresa, voluntaria, y debidamente informada, permitan a todas las dependencias administrativas a recolectar, recaudar, almacenar, usar, circular, suprimir, procesar, compilar, intercambiar, dar tratamiento, actualizar y disponer de los datos que han sido suministrados.
LAS PARTES consienten y autorizan de manera expresa e inequívoca que sus datos personales sean tratados conforme a lo previsto en el presente documento.
LAS PARTES hacen manifestación expresa de su compromiso de respetar y hacer respetar las normas vigentes en Colombia en materia anticorrupción, lavado de activos y financiación del terrorismo. Se obligan a abstenerse de ofrecer, prometer, autorizar o entregar, directa o indirectamente, cualquier pago, regalo o beneficio indebido a funcionarios públicos, partidos políticos o terceros.
Las PARTES manifiestan que llevarán a cabo de buena fe todas las obligaciones derivadas del presente documento. En caso de desacuerdo:
El presente documento presta mérito ejecutivo y por lo tanto las partes renuncian expresamente a cualquier requerimiento judicial para constituirse en mora.
Para todos los efectos contractuales y legales, se establece como domicilio la ciudad de Bogotá, Colombia. Las notificaciones se harán a las siguientes direcciones:
GRUPO BARÓN S.A.S.
Dirección: Calle 147 # 12-80 Apto 1607
Celular: (+57) 310 7174685
Correo electrónico: contacto@leonardobarong.com
EL CLIENTE: Datos que registre en el RUT.
Se entiende que las partes conocen, comprenden y aceptan todas y cada una de las cláusulas y sus apartes contenidas en este documento. El eventual vicio declarado por autoridad competente de alguna de ellas, no afecta sino a aquellas declaradas como viciadas.
Los presentes términos y condiciones se perfeccionarán con la aceptación de la cotización por parte del Cliente, la aceptación, o el pago de la Factura Electrónica de Venta emitida por GRUPO BARÓN S.A.S.
Grupo Barón S.A.S. — Bogotá, Colombia
contacto@leonardobarong.com